El Consejo de Ministros autoriza exceptuar la aplicación de la Orden HAP/1169/2016, de 14 de julio, que regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2016 relativas al presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias, de licitación de dos contratos sobrevenidos del CIS, por razón de la materia y declarados urgentes por parte del Centro de Investigaciones Sociológicas.

El Consejo de Ministros regula gastos de licitación de dos contratos urgentes del CIS

El Consejo de Ministros autoriza exceptuar la aplicación de la Orden HAP/1169/2016, de 14 de julio, que regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2016 relativas al presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias, de licitación de dos contratos sobrevenidos del CIS, por razón de la materia y declarados urgentes por parte del Centro de Investigaciones Sociológicas.

El Consejo de Ministros ha autorizado exceptuar la aplicación de la Orden del Ministerio de Hacienda del pasado 14 de julio de 2016, por la que se regulaban las operaciones de cierre del ejercicio 2016 relativas al presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias, con el objeto de licitar dos contratos sobrevenidos y urgentes para realizar encuestas pre-electorales para los próximos comicios autonómicos en el País Vasco y Galicia por parte del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS).

Entre las competencias más importantes que tiene encomendadas el CIS, por la Ley que regula su organización, del 19 de diciembre de 1995, y por un Real Decreto del 18 de julio de 1997, figura expresamente la realización de estudios que contribuyan al conocimiento científico de la sociedad española y, en particular, las encuestas pre-electorales.

De acuerdo con estas tareas estatutarias, el CIS ha venido realizando puntualmente estudios pre y postelectorales cada vez que se han convocado elecciones tanto a nivel nacional, como autonómico y local desde el comienzo de la democracia española. En concreto, se han realizado estudios pre y postelectorales en todas las elecciones autonómicas celebradas en Galicia y en el País Vasco desde la configuración de nuestro modelo territorial autonómico: en el caso de Galicia, desde el año 1981, y en el caso del País Vasco, desde 1980.